INFORME N°066-2017-SUNAT/5D0000
¿Los promotores de cementerios se encuentran obligados a emitir comprobantes de pago por los pagos que reciben de los usuarios por concepto del “Fondo de Mantenimiento y Conservación” (FMC) a que se refiere el artículo 36°del Reglamento de la Ley de Cementerio s y Servicios Funerarios? De acuerdo con lo establecido en el numeral 1 del artículo 6° del Reglamento de Comprobantes de Pago, están obligados a emitir comprobantes de pago, las personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, sociedades de hecho u otros entes colectivos que realicen transferencia de bienes a título gratuito u oneroso, o que presten servicios, entendiéndose como tales a toda acción o prestación a favor de un tercero, a título gratuito u oneroso. Cabe precisar que el artículo 36° del Reglamento de la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios dispone que la conservación y el mantenimiento de los cementerios serán d...